%N 3 %A María Luisa Acosta %J Cuaderno Jurídico y Político %X HK-Nicaragua Canal Develpment Investment Co., Limited., junto a la Empresa Desarrolladora de Grandes Infraestructuras S.A. (“HKND”) promueven el Canal Interoceánico por Nicaragua. El 5 de septiembre de 2012 HKND y el Gobierno Nicaragua firmaron un Memorándum de Entendimiento para que HKND financiara, construyera y operara el Canal por 50 años renovablesl. El 13 de Junio 2013 se otorgó a HKND la concesión para construir el Canal por medio de la Ley No. 840. Environmental Research Management (“ERM”) empresa consultora contratada por HKND, ha preparado el Resumen Ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental y Social (“EIAS”). El EIAS, siguiendo los lineamientos de la Norma de Desempeño (ND 7) de la IFC, coincide con los pueblos indígenas y afrodescendientes de la Costa Caribe sobre la necesidad de realizar un proceso de consulta hasta llegar al Consentimiento Previo, Libre e Informado; reclamo que estos pueblos han hecho, desde julio de 2013, presentando ante la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley No. 840, por falta de consulta y actualmente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, mediante una petición ante ese órgano. Actualmente, el Estado presiona a los indígenas para obtener aprobación para el proyecto del Canal apartándose de las buenas prácticas internacionales que está obligado a observar. %T Análisis del resumen ejecutivo del estudio de impacto ambiental y social (EIAS) del canal interoceánico por Nicaragua y los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes de la Costa Caribe %L repositorio215 %K 1. CANAL, 2. HKND, 3. EIAS, 4. PUEBLOS INDÍGENAS. %V 1 %P 35-53 %I Universidad Nacional Politécnica %D 2016